En estos días se ha generado un interesante debate acerca de la noción de dignidad a raíz de la nueva Ordenanza Reguladora de Publicidad Exterior dictada por el ayuntamiento de la capital madrileña en la que se prohíbe la utilización de personas como soporte publicitario, los conocidios como "hombres-anuncio" (art. 2.4). Parece ser que ha sido por propia iniciativa del alcalde, Alberto Gallardón, el que se prohiba tal tipo de publicidad al considerar que los individuos que portan la publicidad colgada de su cuerpo son "vejados" y "degradados", y que en definitiva no están siendo tratados con dignidad. De hecho, el artículo 2.5 de la Ordenanza establece que "se prohíbe la publicidad que atente contra la dignidad de las personas".
Si la polémica era ya de por sí suficientemente estimulante en el plano teórico, la voluntad explícita de la Comunidad de Madrid, cuya presidenta es Esperanza Aguirre, de presentar alegaciones a dicha ordenanza por invadir competencias que les son propias, añade un matiz adicional a la historia de desencuentros de estos dos políticos madrileños. El vicepresidente primero y portavoz regional apoyó su rechazo a la ordenanza en que invadía competencias regionales en materia medioambiental, publicidad, fomento y desarrollo económico y patrimonio histórico (EL PAÍS, 6/11/2008). Pero el aspecto más interesante es que, en opinión del vicepresidente primero y portavoz regional, Ignacio González, la ordenanza "vulnera la libertad de empresa...". Parece que al ejecutivo autonómico sólo le ha preocupado la salvaguarda de esta libertad empresarial y no la opinión de los propios "hombres-anuncio" que también se han mostrado contrarios a la medida, pero por razones muy distintas y es que su entrada en vigor supondría que se quedarían sin trabajo.
En cualquier caso, esta polémica reproduce una tensión entre dos principios constitucionales que eventualmente pueden entrar en conflicto, la autonomía y la dignidad. En apoyo de la defensa de la libertad de los empresarios (y no tanto) de los trabajadores se haya posicionado el gobierno de Esperanza Aguirre, mientras que del lado de la protección de la dignidad se ha colocado Alberto Gallardón. No en vano, la presidenta se ha declarado en muchas ocasiones una "liberal", mientras que a Gallardón se le ha colocado más cercano a ideas propias de la socialdemocracia. En realidad, dado el pensamiento de la presidenta, quizá sería más correcto situarla como heredera de las ideas del libertarismo más que del liberalismo, por su extrema defensa de la libertad de los individuos, en virtud de la cual pueden adoptar cualquier plan de vida o acción con el único límite de no afectar al ámbito de libertad de otros individuos. Cualquier resultado de los intercambios a los que puedan llegar libremente los individuos sería legítimo con independencia de cuál sea el contenido de esos intercambios o el resultado al que se llegue, por muy desigual que éste pueda ser. Por ello, no resulta nada extraño que la presidenta de la comunidad madrileña no ponga ninguna objeción al contrato formalmente libremente acordado entre el empresario y el hombre-anuncio.
Por otro lado, la actitud de rechazo del alcalde a esta práctica publicitaria sobre la base de que afecta la dignidad de los individuos que portan los carteles es acorde con la línea liberal cercana a un filósofo clásico como Kant o un contemporáneo como Rawls. Para esta corriente de pensamiento es perfectamente justificable establecer límites a la capacidad de autodeterminación de la que lo son titulares los seres humanos. Para el filósofo alemán, los seres humanos son fines en sí mismos y no medios, por lo que está perfectamente justificado la prohibición de acuerdos en los que el resultado es obtenido por la fuerza o en contra del consentimiento del otro.
Está claro que ninguna de estas dos circunstancias se da en el supuesto que estamos analizando. Es más, estos individuos se manifestan favorables al mantenimiento de este tipo de publicidad y a convertirse en hombres-anuncios. También parece cierto que estos mismos sujetos cambiarían este trabajo por otro si tuvieran la más mínima posibilidad, pues la principal razón que les lleva a ejercerlo es la satisfacción de las más imperiosas necesidades vitales de subsistencia.
Pero la dignidad también establece límites a los acuerdos voluntarios y libremente acordados por las partes. No cualquier cláusula contractual es permisible moralmente. Ese fue, precisamente el gran avance en la limitación de las cláusulas abusivas que imponían los empresarios a los obreros en el siglo XIX. Y la protección de la dignidad implica que tales derechos son indisponibles para el propio trabajador para evitar que en momentos de necesidad o de debilidad de la voluntad vuelvan a aceptar condiciones de trabajo contrarias a su humanidad. En mi opinión, en el trasfondo de la decisión del alcalde está esta reflexión, los hombres-anuncio ejercen formalmente una libertad, pero no parece haber duda de que si su situación socio-laboral fuera distinta no aceptarían convertirse en un mero medio publicitario similar a los populares "chirimbolos" con la única diferencia de ser móviles sometidos a la mirada constante de viandantes con todo lo que supone de sentimiento de vergüenza y de pérdida de intimidad. Por otro lado, aunque también presentan similitudes con otros supuestos como es el caso de los deportistas que llevan anuncios por toda la equipación (piénsese en Fernando Alonso o muchos futbolistas), también es verdad que en éstos últimos su dedicación principal no es publicitaria sino la práctica deportiva.
No cabe duda, de que esta línea argumental conduce a ejercer un paternalismo estatal sobre estos individuos, pero no deja de ser dudosa su distinción con el perfeccionismo moral, una posición mucho más difícil de justificar para una concepción liberal al suponer la imposición estatal de una concepción de la vida buena o de la virtud sobre los individuos con independencia de su consentimiento o aceptación. Y si esto es así, entonces, serán muchas las limitaciones que pueda establecer el Estado amparándose en una supuesta protección de la dignidad que, en última instancia, sería una cobertura para políticas perfeccionistas, y, en ese caso, ¿dónde detener la pendiente resbaladiza?
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